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15/04/2012 · Movimiento Asociativo -> Relaciones con terceros
La protección jurídica, social y económica de las familias de las personas con discapacidad tiene amparo en nuestra Constitución y en otros instrumentos jurídicos, tales como la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Carta Social Europea. El artículo 39 de la Constitución española ordena a los poderes públicos asegurar una protección adecuada a la familia en los ámbitos social, económico y jurídico y, por otra parte, el articulo 49 les obliga a realizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos ciudadanos