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¿Por qué el aborto eugenésico basado en discapacidad es contrario a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad?

01/06/2010 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD

Este documento fue elaborado a solicitud del CERMI, para fundamentar su demanda al Defensor del Pueblo con el fin de recurrir la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo ante el Tribunal constitucional por motivo de discriminación. Lo que claramente elimina la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es la posibilidad de que se realicen distinciones basadas precisamente en la condición de discapacidad del feto, nasciturus o persona por nacer (según las consideraciones de cada Estado). Y esta fórmula de protección y garantía del derecho a la vida es precisamente lo que la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo bajo análisis vulnera con las diferencias establecidas en torno a los diferentes plazos (o excepción de plazo).

El incuestionable valor de la dignidad humana

15/04/2010 · Investigación, Estudios y Biblioteca -> Documentos pragmáticos Down España

El pasado 24 de febrero, el Senado dio luz verde a la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, que permite abortar entre la semana 14 y 22 en caso de que el feto presente “graves anomalías”. Esta Ley, que ha sido aprobada con una clara oposición de gran parte de la sociedad española, entrará en vigor el próximo mes de junio

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