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Convenio colaboración para la inserción laboral de personas con Síndrome de Down con el Colegio de Registradores de España

  • PALABRAS CLAVE: Empleo, Convenio, Inserción laboral, Contratación laboral, Colegio Registradores
  • Autor: Down España
  • Fecha de publicación: 01/12/2008
  • Clase de documento: Entrevistas
  • Formato: Texto

Referencia bibliográfica

  • > Editor: Down España
  • > Nº de páginas: 2
  • > Colección de datos: Revista Down España nº 40

RESUMEN:

Entrevista a José Antonio Jordana de Pozas Gonzálbez, censor jurado en el Colegio y Registrador en Salamanca, artífice del convenio firmado con Down España el pasado 20 de febrero de 2007, hace balance de la situación; un convenio con el Colegio de Registradores de España por el que se comprometían a colaborar en la inserción laboral de personas con síndrome de Down en Registros de la Propiedad.

JOSÉ ANTONIO JORDANA DE POZAS
“Aún hoy desconocemos el potencial que estas personas tienen”

DOWN ESPAÑA firmó el pasado 20 de febrero de 2007 un convenio con el Colegio de Registradores de España por el que se comprometían a colaborar en la inserción laboral de personas con síndrome de Down en Registros de la Propiedad.

Hoy, cuando se van a cumplir casi dos años de esta firma, los resultados no han cubierto las expectativas.

Entrevistamos a Jose Antonio Jordana de Pozas Gonzálbez, censor jurado en el Colegio y Registrador en Salamanca, que ha sido el gran artífice de este acuerdo y hacemos balance de la situación.

 

¿Cómo valora usted los primeros resultados de esta iniciativa?

A nivel individual, y refiriéndome a los resultados obtenidos en los Registros que han contratado a personas con síndrome de Down, la experiencia no ha podido ser más positiva y ha servido, sobre todo, para demostrar que también en esta Institución, dichas personas están perfectamente capacitadas para realizar el trabajo asignado.

 A nivel general, sin embargo, y seguramente por las causas que citaré más adelante, el Convenio no ha tenido el desarrollo que muchos deseábamos.

 

Las contrataciones de una persona con síndrome de Down en el registro Nº 6 de Murcia y el Nº 9 de Málaga han resultado muy satisfactorias para todo el personal…

Recientemente se ha contratado  por  un compañero de Barcelona a otra persona con síndrome de Down, y en todos ellos, efectivamente, las relaciones con la totalidad del personal y con el propio Registrador sólo pueden ser calificadas como magníficas. Y ello no sólo, con ser importante,  por la propia actitud personal de los nuevos contratados -que como sabemos generan una gran sensación de bienestar y unión entre las personas que los rodean-, sino sobre todo porque trabajan con una gran eficiencia y una extraordinaria responsabilidad, tomándose muy en serio su trabajo, con extraordinaria lealtad, y, ¿por qué no decirlo? con un sentimiento de alegría y solidaridad que muchas veces echamos de menos en otros trabajadores.

 

Eficiencia, utilidad, satisfacción… así definen los registradores de Murcia y Málaga su experiencia, sin embargo, esta realidad contrasta con la poca implantación que ha tenido el convenio a nivel nacional…

Efectivamente, cuando el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercatiles de España y DOWN ESPAÑA firmaron el pasado año el Convenio que comentamos, pensamos que su éxito sería mayor.

Los factores que, a mi juicio, han podido influir en la escasa implantación del convenio a nivel nacional son varios:

En primer lugar, no cabe duda,  el desconocimiento que sigue existiendo hacia las personas con síndrome de Down y sus posibilidades laborales. Precisamente, siendo conscientes de este problema y para conseguir que la contratación fuera un éxito, se arbitró en el convenio que los futuros contratados fueran seleccionados por las distintas entidades provinciales, lo que supondría unas mayores garantías en la selección de los mismos y que durante un período de aproximadamente dos meses fueran tutelados in situ, en el propio Registro, por especialistas de la propia Federación, que les enseñarían el trabajo a realizar.

En segundo lugar, la propia crisis económica que estamos padeciendo y que, lógicamente también afecta a los Registradores. Si a ello añadimos la reciente creación de unos 300 nuevos Registros y una próxima reducción arancelaria anunciada por el Gobierno es lógico pensar que la nueva contratación de personal de cualquier categoría y clase se ha paralizado por ahora.

En tercer lugar, y con ello contesto a la siguiente cuestión, porque no todas las entidades provinciales se han adherido al Convenio, no pudiendo, por tanto, el Registrador dirigirse a ellas a los efectos de selección y aprendizaje de un posible nuevo contratado

 

Entonces las reticencias a la hora de contratar a una persona con síndrome de Down se deben en parte a un desconocimiento de lo que es la discapacidad intelectual y las posibilidades y potencialidades de este colectivo…

Sin lugar a dudas y así lo manifesté anteriormente, es evidente que aún hoy desconocemos el potencial que estas personas tienen. Bastaría con hablar con alguno de los Registradores que han realizado contratos de este tipo para disipar cualquier duda. Puedo afirmar que alguno de ellos no estaba en absoluto convencido del éxito de la contratación y hoy es un entusiasta de haberla realizado.

 

Usted mismo se ha mostrado interesado en contratar a una persona con síndrome de Down en Salamanca y también lo ha intentado un Registrador de León, pero en ambos casos no ha sido posible. ¿Cuál ha sido el problema?

Lo he apuntado anteriormente. Siendo Registrador de Castro Urdiales (Cantabria) donde estuve destinado 18 años, me resultó absolutamente imposible contratar a ninguna persona con síndrome de Down. Tampoco en Salamanca , donde actualmente estoy destinado, me ha resultado posible realizar la contratación al no haberse adherido su Fundación al Convenio

Pero es que, además, existe otra dificultad. Los Registros de la Propiedad y Mercantiles están localizados en todo el territorio nacional y, por tanto, muchos de ellos, en realidad la mayoría, tienen su sede, no en capitales de provincia donde seguramente es mas fácil encontrar a posibles nuevos contratados, sino en pequeñas localidades. En éstas resulta más complicado, salvo que  el trabajador recorra diariamente muchos kilómetros con el riesgo que esto supone.

 

¿Cree que los ejemplos de estos dos Registros en los que la contratación ha dado excelentes resultados animarán a otros Registradores a contratar a un trabajador con síndrome de Down?

Por supuesto. Bastaría con hablar cinco minutos con los compañeros de Murcia, Málaga y Barcelona o con cualquiera de sus empleados, para constatar la eficiencia, responsabilidad y lealtad con que trabajan.

 

 ¿Qué supone para una persona con síndrome de Down incorporarse a un puesto de trabajo?

Pues supongo que lo mismo que para cualquier otra persona que encuentra trabajo: alegría, seguridad, independencia y confianza en sí mismo.

Por lo demás, estoy absolutamente convencido que, aunque sea lentamente, el  Convenio irá teniendo una aplicación cada vez mayor. En ello confío porque es de Justicia.

 

 

 ALGUNAS VENTAJAS DE CONTRATAR UN TRABAJADOR CON SÍNDROME DE DOWN:        

-         Ayudas fiscales o bonificaciones a la Seguridad Social. Existen tres modalidades de contratos bonificados para trabajadores con una discapacidad con un grado igual o superior al 33%: el contrato indefinido, el temporal de fomento de empleo y el contrato de formación. Los dos primeros son los recomendados.

-         Mejora del clima laboral. Las personas con síndrome de Down contribuyen a elevar entre los empleados la identificación con la empresa y mejoran el clima humano de trabajo. Son fieles compañeros y eficientes trabajadores.

-         Son personas que aseguran un alto nivel de eficacia y rendimiento en su puesto de trabajo siempre que este se adapte a sus capacidades.

 

 

 “Alguno de ellos no estaba en absoluto convencido del éxito de la contratación y hoy es un entusiasta de haberla realizado”

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