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DOWN ESPAÑA y FUNDACIÓN BARCLAYS impulsarán el empleo de las personas con síndrome de Down

  • PALABRAS CLAVE: Empleo, Down España, Empleo con apoyo, Inclusión laboral, Convención ONU, Formación laboral, Empresas Ordinarias, Contratos laborales
  • Autor: Down España
  • Fecha de publicación: 29/10/2012
  • Clase de documento: Noticias
  • Formato: Texto

Referencia bibliográfica

  • > Editor: Down España
  • > Nº de páginas: 2

RESUMEN:

“Empleabilidad Down” es un completo programa que consta de formación, búsqueda de empleo y contacto con empresas, todo ello a través de la metodología de Empleo con Apoyo. Desarrollarán un conjunto de acciones y medidas formativas dirigidas a facilitar la inclusión laboral del colectivo, con el que al menos 20 personas con síndrome de Down serán contratadas en empresas ordinarias

DOWN ESPAÑA y FUNDACIÓN BARCLAYS impulsarán el empleo de las personas con síndrome de Down

 

 

Desarrollarán un conjunto de acciones y medidas formativas dirigidas a facilitar la inclusión laboral del colectivo, con el que al menos 20 personas con síndrome de Down serán contratadas en empresas ordinarias.

 

 

El acuerdo para desarrollar el proyecto “Empleabilidad Down” ha sido firmado por el Presidente de DOWN ESPAÑA, José Fabián Cámara Pérez, y la directora gerente de FUNDACIÓN BARCLAYS, Beatriz Morilla, en la sede de BARCLAYS.

 

“Empleabilidad Down” es un completo programa que consta de formación, búsqueda de empleo y contacto con empresas, todo ello a través de la metodología de Empleo con Apoyo, en la que un Preparador Laboral forma al trabajador en el mismo puesto de trabajo, liberando al empresario de esta labor. Se pondrá en marcha en 10 localidades y entidades federadas a DOWN ESPAÑA: Ávila - FUNDABEM; Córdoba - DOWN CÓRDOBA; Málaga - DOWN MÁLAGA; Granada -  DOWN GRANADA; Barcelona - FUNDACIÓN CATALANA SÍNDROME DOWN; Sabadell - ANDI DOWN SABADELL; Madrid - FUNDACIÓN APROCOR; Vigo - DOWN VIGO; Valencia - ASINDOWN; y Murcia - FUNDOWN.

 

La etapa formativa del proyecto está estructurada en diferentes módulos, cuyo contenido abarca desde el desarrollo de las habilidades sociales y la autonomía, hasta el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. De él se beneficiarán 100 alumnos con discapacidad intelectual con formación profesional ocupacional, a los que se dotará de las herramientas necesarias para que puedan acceder a un empleo normalizado.

 

Una vez finalizado el ciclo formativo, el proyecto contempla la firma de, al menos, 20 contratos laborales para los alumnos participantes en el programa. Otro de los objetivos que se pretende es que el 70% de estos alumnos realicen prácticas formativas en empresas ordinarias de su zona. Los materiales formativos de este proyecto podrán descargarse gratuitamente a través la web de DOWN ESPAÑA (sindromedown.net), y de su Centro on-line de Documentación y Recursos (centrodocumentacióndown.com).

 

Al amparo de la LISMI y la Convención de la ONU.


En España hay más de 23.000 personas con síndrome de Down en edad laboral pero sólo el 5% ha podido acceder a un puesto de trabajo normalizado en algún momento de su vida.


En nuestro país, el escenario laboral demuestra con claridad un incumplimiento del cupo de inserción laboral fijado por la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), vigente desde su adopción por las Cortes Generales hace 30 años, y que obliga a las empresas de más de 50 trabajadores  a que reserven un 2% de sus puestos de trabajo a personas con algún tipo de discapacidad. La realidad es que únicamente el 33% de estas empresas cumple con  esta legislación.

 

Las acciones que impulsarán DOWN ESPAÑA y FUNDACIÓN BARCLAYS a través del proyecto “Empleabilidad Down” están amparadas por la Convención Internacional sobre los Derechos de Personas con Discapacidad (en vigor en nuestro país desde el 3 de mayo de 2008) que en su artículo 27 reconoce “el derecho de las personas con discapacidad a trabajar,…en igualdad de condiciones con las demás, a condiciones de trabajo justas y favorables, y en particular a igualdad de oportunidades” y en base a este principio compromete a los Estados Partes a salvaguardar y promover el ejercicio del derecho al trabajo.

 

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