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Empleo -> Empleo con apoyo

Carta al Defensor del Pueblo para solicitar mayor promoción del Empleo con Apoyo

  • PALABRAS CLAVE: Carta, Empleo con apoyo, Defensor del Pueblo
  • Autor: Down España
  • Fecha de publicación: 22/10/2010
  • Clase de documento: Noticias
  • Formato: Texto

Referencia bibliográfica

  • > Editor: Down España
  • > Nº de páginas: 2

RESUMEN:

Asociación Española de Empleo con Apoyo: "se está favoreciendo que las personas con discapacidad sean contratadas por Centros Especiales de Empleo en lugar de integrarse en empresas ordinarias", en contra de la filosofía de la legislación española

Noticia

 

Carta al Defensor del Pueblo para solicitar mayor promoción del Empleo con Apoyo

 

Asociación Española de Empleo con Apoyo: "se está favoreciendo que las personas con discapacidad sean contratadas por Centros Especiales de Empleo en lugar de integrarse en empresas ordinarias", en contra de la filosofía de la legislación española.

 

La Asociación Española de Empleo con Apoyo analizó el pasado verano la situación legal en nuestro país con respecto al Empleo con Apoyo y al empleo protegido (especialmente los Centros Especiales de Empleo).

 

A la luz de este análisis, la AESE pudo constatar que, si bien las políticas oficiales apuestan porque las personas con discapacidad se integren en empresas ordianarias (siguiendo la fórmula del empleo con apoyo), las subvenciones van dirigidas a lo contrario, a promocionar el empleo protegido en Centros Espciales de Empleo.

 

Según la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, dice la AESE, "la regla general de toda política de empleo dirigida a las personas con discapacidad debe ser su integración en empresas ordinarias. Sólo con carácter subsidiario cabe acudir a la fórmula especial de empleo protegido".

 

De conformidad con ello, el Estado ha ido concretando desde entonces una serie de Reales Decretos y Leyes para promocionar la figura del Empleo con Apoyo, fórmula en la que trabaja DOWN ESPAÑA desde hace 20 años, a través de la cual un preparador laboral forma al trabajador con síndrome de Down (o con otra discapacidad) en el mismo puesto de trabajo (liberando al empresario de esta labor) y acompañando al trabajador en los inicios de su tarea para ir retirándose paulatinamente hasta que su presencia ya no sea requerida.

 

"No obstante", continúa la AESE, "la regulación del Empleo con Apoyo y el régimen de ayudas públicas contenido en el Real Decreto 870/2007 resulta insuficiente para garantizar un apoyo adecuado en el mercado laboral abierto a las personas con discapacidad".

 

Existe "un agravio comparativo con respecto a los Centros Especiales de Empleo que provoca que estos Centros ostenten una posición más favorable para el desarrollo de programas de Empleo con Apoyo, al disponer de una financiación más estable y de mayores recursos, que las entidades que durante décadas han venido aplicando dicha metodología pese a los escasos e inestables apoyos públicos que se podían obtener."

 

"En particular", continúa la AESE, "dicho agravio se manifiesta en el hecho de que los Centros Especiales de Empleo pueden acceder a las ayudas previstas en el Real Decreto 469/2006 para las unidades de apoyo a la actividad profesional y, además, a las establecidas en el Real Decreto 870/2007 para el Empleo con Apoyo, mientras que las entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos de Empleo con Apoyo únicamente pueden tener acceso a estas últimas."

 

Además, "resulta que si un trabajador presta servicios en un Centro Especial de Empleo tiene asegurada la prestación de apoyos durante toda su vida laboral al no existir límites temporales para la solicitud de las subvenciones del Real Decreto 469/2006. Por el contrario, los trabajadores con discapacidad que se insertan en empresas ordinarias a través de la metodología del Empleo con Apoyo sólo podrán contar con tales apoyos durante un periodo de tiempo determinado y además de escasa duración pues el Real Decreto 870/2007 establece que las acciones de empleo con apoyo tendrán una duración de entre seis meses y un año".

 

De esta forma, concluye la asociación, "se está favoreciendo que las personas con discapacidad sean contratadas por Centros Especiales de Empleo en lugar de integrarse directamente en empresas ordinarias, lo cual resulta contradictorio con el principio de integración en el sistema ordinario de trabajo que proclama tanto la legislación española como la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad."

 

 

Carta de la AESE

 

Descargue la Carta enviada por la Asociación Española de Empleo con Apoyo al Defensor del Pueblo.

 

 

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