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RESUMEN:
El IVA será del 4% para el catálogo de prestaciones de la Ley de Autonomía Personal y Dependencia
Noticia
IVA superreducido para los servicios relacionados con la promoción de la autonomía
El IVA será del 4% para el catálogo de prestaciones de la Ley de Autonomía Personal y Dependencia.
Hasta ahora, esta reducción se aplicaba sólo a los servicios contratados "mediante plazas concertadas o mediante precios derivados de concursos administrativos", sin embargo, con la enmienda aprobada ahora, también se aplicará el IVA superreducido a los servicios contratados con las prestaciones concedidas a los ciudadanos a través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), que hasta ahora eran gravados con el 8%.
Esta ampliación de reducción del IVA ayudará a atenuar el sobre esfuerzo económico que hacen las personas con necesidades de apoyo para su autonomía personal y sus familias a la hora de adquirir servicios de atención.
El texto al que el Congreso ha dado luz verde aplica el IVA del 4% a los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y de noche y atención residencial incluidos en el catálogo de prestaciones de la Ley de Autonomía Personal y Dependencia.
Se aplicará este IVA superreducido siempre que se presten en plazas concertadas en centros o residencias o mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado a las empresas prestadoras, o como consecuencia de una prestación económica vinculada a tales servicios, que cubra más del 75% de su precio.