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Pruebas diagnósticas prenatales en el síndrome de Down

01/12/2005 · Salud y Envejecimiento -> Diagnóstico

Se exponen los diversos tipos de pruebas diagnósticas prenatales de síndrome de Down que se realizan actualmente durante el embarazo. Se señalan sus indicaciones, riesgos y capacidad de previsión probabilística que poseen, a la luz de los últimos datos publicados recientemente

Diagnóstico prenatal del síndrome de Down y aborto voluntario

01/06/2009 · Salud y Envejecimiento -> Diagnóstico

La disponibilidad de técnicas de diagnóstico de síndrome de down no invasivas, que poseen creciente fiabilidad en sus resultados, ha inducido a utilizar estas técnicas en madres gestantes menores de 35 años, el segmento de madres que, en términos absolutos, concibe más hijos con síndrome de Down. Este diagnóstico presuntivo exige la confirmación mediante la realización de amniocentesis o de biopsia de vellosidades coroideas, a la que las madres son invitadas. El diagnóstico final positivo fuerza a la pareja a tomar una decisión definitiva sobre mantener o no la vida de su hijo con síndrome de Down. La presión social y la información poco actualizada han hecho ascender dramáticamente el número de abortos voluntarios de fetos con síndrome de Down (se llega al 85% de fetos diagnosticados con síndrome de Down), destapando así la concepción discriminadora de la sociedad ante la discapacidad. El artículo alerta sobre esta realidad que empieza a parecerse a las prácticas eugenésicas tantas veces repudiadas

Informar no es persuadir y mucho menos manipular - La opción del aborto eugenésico

01/03/2009 · Salud y Envejecimiento -> Diagnóstico

En la actualidad, la principal finalidad real del diagnóstico prenatal está siendo comprobar si el nasciturus viene con alguna malformación para, en este caso, dar la opción de abortar a la gestante. Esto está llevando a la oferta del diagnóstico prenatal a prácticamente toda la población femenina embarazada, cuando antes sólo se ofrecía a aquellas gestantes que presentaban algún factor de riesgo. El resultado es una implacable eliminación de los fetos con síndrome de Down. Se lucha por los derechos de los animales y se le niega, al mismo tiempo, cobertura jurídica y moral al ser humano en su situación más débil y vulnerable. Como puede observarse, aborto, derecho a no nacer, eugenesia e infanticidio se entremezclan sin solución de continuidad. En el actual debate español sobre la ampliación del aborto, ya se han oído voces que plantean la supresión total de plazos para el aborto eugenésico, fijado en la actualidad en la semana 22 de gestación, con lo cual podría practicarse el aborto de un feto con síndrome de Down en cualquier momento (a los seis, siete u ocho meses); y todo porque lo contrario atenta contra la dignidad de la mujer embarazada: uno se pregunta en donde queda la dignidad del ser humano abortado porque, fíjense bien, estamos hablando de seres humanos plenamente constituidos

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